El programa de reunificación familiar humanitario ha implementado un nuevo mecanismo de selección a través de una lotería. El objetivo de esta lotería es brindar igualdad de oportunidades a todos los solicitantes.
Si gana un cupo a EEUU:
- Obtendrán una condición prioritaria para viajar a Estados Unidos
- Será admitido en un puerto de entrada
- Recibirá una visa humanitaria válida por dos años
- Podría ser elegible para obtener un permiso de trabajo por el mismo período de tiempo.
Ahora, la mitad de los casos con patrocinadores aprobados (solicitud o formulario I-134ª) entrarán en un sistema de selección aleatorio junto con aquellos que están en espera, para brindar igualdad de oportunidades a todos los participantes.
El nuevo mecanismo de selección entró en vigencia el 17 de mayo de 2023. Aproximadamente la mitad del total mensual de formularios I-134A se seleccionará al azar, sin importar la fecha de presentación, para determinar si los casos pueden ser confirmados. La otra mitad de los formularios se revisará en orden de recepción, priorizando los formularios I-134A más antiguos para su revisión.
Importante: No se aceptarán formularios duplicados del mismo patrocinador para el mismo beneficiario mientras haya un formulario previamente presentado pendiente. Si un formulario no es confirmado por USCIS (Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración), un patrocinador puede presentar un nuevo formulario y proporcionar información adicional como evidencia, si considera que cumple con los requisitos para ser patrocinador.
Los patrocinadores potenciales pueden monitorear el estado de los formularios I-134A presentados en su cuenta en línea de USCIS o verificar el estado más reciente en la sección de «Estatus de Caso en Línea».
Si ya se tiene un formulario de patrocinio aprobado y se encuentra en espera, no se debe enviar un nuevo formulario para intentar adelantarse al sorteo, ya que será rechazado.
¿Cómo convertirse en patrocinador?
Deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el programa:
- Ser ciudadano estadounidense
- Ser residente legal en Estados Unidos (poseer una green card)
- Estar amparado bajo un Estatus de Protección Temporal (TPS)
- Ser asilado o refugiado en Estados Unidos
- Tener cualquier otro estado de permanencia legal permanente o temporal en el país
¿Quiénes no califican para el programa?
- Aquellos que hayan sido ordenados a ser deportados de Estados Unidos en los últimos cinco años
- Los que hayan cruzado sin autorización la frontera entre puertos de entrada después de la fecha del anuncio (12 de octubre de 2022 para venezolanos y 5 de enero de 2023 para cubanos, haitianos y nicaragüenses)
- Los que tengan actualmente estatus de refugiado en cualquier otro país
- Aquellos que hayan cruzado ilegalmente la frontera de Panamá, México o Estados Unidos después del 12 de octubre de 2022 (venezolanos) o el 5 de enero de 2023 (cubanos, haitianos o nicaragüenses).
Atención: es necesario haber completado las vacunas y otros requisitos de salud pública.
Tengo pasaportes venezolano
La Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP), de acuerdo con el decreto de la Asamblea Nacional del 21 de mayo de 2019, indican que ciertos pasaportes venezolanos vencidos aún son considerados válidos.
- Los emitidos antes del 7 de junio de 2019 (incluso si vencieron antes de esa fecha) y que cuenten con una «prórroga» emitida antes del 7 de junio de 2019 se consideran válidos y no vencidos por cinco años más allá de la fecha de vencimiento de la «prórroga».
- Los emitidos antes del 7 de junio de 2019 (aunque vencidos antes de esa fecha) y que cuenten con una «prórroga» emitida el 7 de junio de 2019 o después se consideran válidos y vigentes hasta la fecha de vencimiento de la «prórroga» o por cinco años más allá de la fecha de vencimiento impresa en el pasaporte.
- Los pasaportes emitidos a partir del 7 de junio de 2019 sin «prórroga» no se consideran válidos más allá de la fecha de vencimiento impresa
- Aquellos emitidos a partir del 7 de junio de 2019 con una «prórroga» emitida a partir del 7 de junio de 2019 se consideran válidos y vigentes hasta la fecha de vencimiento de la «prórroga».
Esta información es con el único efecto informativo. No es una asesoría ni consejo legal.
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