Trump Anula la Entrevista en los Asilos Afirmativos y los Deriva Directamente a la Corte de Inmigración

EE.UU. cambia el proceso de asilo afirmativo: USCIS podrá enviar ciertos casos directamente a la Corte de Inmigración sin entrevista

El gobierno de Estados Unidos anunció un cambio importante en la manera en que algunas solicitudes de asilo afirmativo serán procesadas.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), emitió una regla final interina que permitirá que determinados casos de asilo afirmativo sean enviados directamente a la Corte de Inmigración, sin que el solicitante tenga primero la tradicional entrevista con un oficial de asilo de USCIS.

Sin embargo, es importante aclarar desde el principio algo que ha generado confusión:

USCIS no está eliminando todas las entrevistas de asilo afirmativo.

La nueva regla permite a los oficiales decidir, después de revisar el expediente y la evidencia disponible, que ciertos casos pueden ser remitidos directamente a un juez de inmigración sin realizar primero una entrevista.

USCIS continuará realizando entrevistas en otros casos, incluyendo aquellos en los que considere que la persona podría reunir los requisitos para recibir asilo.

El cambio representa una modificación considerable del procedimiento que durante años han conocido cientos de miles de solicitantes de asilo y podría tener consecuencias importantes para quienes actualmente tienen una solicitud pendiente.

¿Qué es un asilo afirmativo?

Para entender el cambio primero hay que distinguir entre asilo afirmativo y asilo defensivo.

Generalmente, una persona presenta una solicitud de asilo afirmativo ante USCIS cuando se encuentra físicamente en Estados Unidos y todavía no está defendiendo su permanencia ante un juez dentro de un procedimiento de remoción.

La persona presenta el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción, junto con las declaraciones, documentos y demás evidencia que respalden su solicitud.

Tradicionalmente, el siguiente paso importante era una entrevista con un oficial de asilo de USCIS.

Durante esa entrevista, el solicitante tenía la oportunidad de explicar personalmente las razones por las que teme regresar a su país, responder preguntas, aclarar inconsistencias y proporcionar información relacionada con su elegibilidad.

Si USCIS determinaba que la persona calificaba, podía concederle el asilo.

Cuando USCIS no podía aprobar la solicitud y la persona no tenía otro estatus migratorio válido que le permitiera permanecer en Estados Unidos, el caso generalmente era remitido a la Corte de Inmigración.

En ese momento, la persona podía volver a presentar su solicitud de asilo ante un juez como defensa frente a la remoción.

¿Qué cambia ahora?

La diferencia principal es que la entrevista ante USCIS ya no será obligatoriamente un paso previo para todos los solicitantes de asilo afirmativo antes de una posible remisión a la Corte de Inmigración.

Bajo la nueva regla, un oficial de asilo podrá revisar:

  • el Formulario I-589;
  • las declaraciones presentadas;
  • documentos y evidencia de respaldo;
  • información contenida en el expediente;
  • resultados de verificaciones de antecedentes;
  • información relacionada con seguridad nacional o seguridad pública, cuando corresponda;
  • y cualquier otra evidencia relevante.

Después de esa revisión, USCIS podrá determinar que determinados casos deben ser remitidos directamente a la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), que administra las Cortes de Inmigración.

Esto significa que algunos solicitantes podrían pasar de tener un caso administrativo pendiente ante USCIS a tener que defender su solicitud ante un juez de inmigración sin haber tenido previamente una entrevista de asilo con USCIS.

Esto NO significa que todos los asilos afirmativos perderán su entrevista

Este punto es fundamental.

La nueva regla no ordena cancelar todas las entrevistas de asilo afirmativo.

USCIS establece expresamente que podrá remitir ciertas solicitudes sin entrevista.

De acuerdo con la regla, USCIS continuará ofreciendo entrevistas, entre otros casos, cuando el solicitante no esté impedido legalmente de solicitar o recibir asilo, el expediente no demuestre que sea inelegible y el caso pueda ameritar una concesión favorable.

USCIS también indica que continuará realizando entrevistas cuando la persona mantenga una base legal para permanecer en Estados Unidos.

Además, el oficial conserva la facultad de realizar una entrevista en cualquier caso cuando considere que necesita más información antes de determinar qué debe ocurrir.

Por lo tanto, recibir o no una entrevista dependerá de las características particulares del expediente.

¿Qué casos podrían ser enviados directamente a Corte?

La nueva regulación contempla varias circunstancias en las que USCIS podría considerar una remisión sin entrevista.

Entre ellas se encuentran casos donde, después de revisar el expediente, USCIS considere que la persona:

No es elegible para solicitar asilo.

Por ejemplo, pueden existir determinadas prohibiciones legales aplicables al caso.

Presentó la solicitud después del plazo de un año.

Como regla general, una persona debe solicitar asilo dentro del primer año después de su última llegada a Estados Unidos, aunque existen excepciones por determinadas circunstancias extraordinarias o cambios de circunstancias.

La existencia de una solicitud presentada después del año no significa automáticamente que el solicitante perderá su caso. Las excepciones continúan existiendo y deben analizarse individualmente.

Está sujeta a una prohibición para recibir asilo.

La legislación migratoria establece diferentes impedimentos que pueden afectar la elegibilidad de una persona.

USCIS considera que el caso no reúne los requisitos de asilo según sus méritos.

El expediente escrito adquiere, por lo tanto, una importancia todavía mayor.

Existen factores discrecionales que USCIS considera suficientes para no conceder el beneficio.

El asilo no solamente requiere establecer elegibilidad legal; también constituye un beneficio discrecional.

USCIS podrá decidir basándose en el expediente

Este es probablemente uno de los cambios prácticos más importantes para los solicitantes.

Anteriormente, una persona podía tener la expectativa de explicar personalmente determinados aspectos de su historia durante la entrevista.

Ahora, en ciertos casos, USCIS podrá realizar una evaluación preliminar basándose principalmente en lo que ya está presentado por escrito.

La propia regulación advierte que las nuevas instrucciones del Formulario I-589 destacarán la importancia de presentar desde el principio explicaciones completas y detalladas, porque USCIS podría decidir remitir el caso sin entrevista e incluso sin emitir previamente una Solicitud de Evidencia adicional (RFE).

USCIS mantiene la autoridad para solicitar evidencia adicional cuando la considere necesaria, pero la nueva regulación aclara que la agencia no estará obligada a emitir un RFE en todos los casos antes de efectuar una remisión.

Esto aumenta significativamente la importancia de preparar correctamente la solicitud inicial y de mantener actualizado el expediente cuando sea necesario.

¿Cuántos casos pueden verse afectados?

USCIS tenía aproximadamente 1.43 millones de solicitudes de asilo afirmativo pendientes al cierre del año fiscal 2025.

Sin embargo, esto no significa que los 1.43 millones de casos serán enviados directamente a Corte.

Según el análisis publicado por DHS, hasta 444,724 solicitudes pendientes —aproximadamente el 31% del inventario señalado por la agencia— podrían potencialmente verse afectadas por la nueva regla.

La cifra está relacionada, entre otros factores, con casos que presentan posibles problemas relacionados con el requisito de presentar el asilo dentro del plazo establecido.

Además, para nuevas solicitudes, DHS estima que aproximadamente 132,167 solicitantes por año podrían ser remitidos sin entrevista por determinadas prohibiciones legales o consideraciones discrecionales.

La agencia reconoce que no puede calcular todavía el número total de casos adicionales que podrían ser remitidos por cuestiones relacionadas con los méritos individuales de las solicitudes.

Por eso, afirmar que “1.5 millones de personas perderán su entrevista” sería incorrecto.

El universo potencial es considerable, pero el impacto dependerá de cómo USCIS implemente la nueva autoridad.

¿Una remisión significa que el asilo fue negado?

No necesariamente.

Esta es otra distinción extremadamente importante.

Que USCIS remita una solicitud directamente a la Corte de Inmigración no significa automáticamente que un juez haya negado el asilo ni que exista automáticamente una orden final de deportación.

Significa que el caso pasa a otro sistema de adjudicación.

El solicitante podrá presentar y defender su solicitud ante un juez de inmigración, sujeto a las reglas y procedimientos aplicables.

Dependiendo del caso, también pueden existir otras formas de protección o alivio migratorio que puedan solicitarse ante el juez.

Por ejemplo, una persona que tenga problemas con el plazo de un año para solicitar asilo todavía podría, dependiendo de sus circunstancias, buscar withholding of removal —suspensión o retención de remoción— ante un juez.

Cada alternativa tiene requisitos diferentes y debe analizarse individualmente.

De un procedimiento administrativo a un procedimiento ante Corte

Aquí radica una de las mayores consecuencias prácticas del cambio.

Una entrevista de asilo ante USCIS constituye un procedimiento administrativo y generalmente no adversarial.

Un procedimiento ante la Corte de Inmigración es diferente.

Una vez que el caso está ante EOIR, existe un procedimiento formal de remoción en el cual un juez analiza si la persona puede permanecer legalmente en Estados Unidos y si reúne los requisitos para el alivio migratorio solicitado.

Por ello, una persona que llevaba años esperando una entrevista de asilo podría ahora encontrarse con que su siguiente etapa no será una entrevista ante USCIS, sino un procedimiento ante un juez.

Esto puede cambiar considerablemente la manera en que debe prepararse el caso.

¿Qué sucede con las personas que llevan años esperando?

La regla también puede aplicarse a determinados casos que ya están pendientes y todavía no han sido programados para su entrevista inicial.

USCIS explica que podrá utilizar información electrónica para identificar expedientes que podrían ser susceptibles de remisión sin entrevista.

Entre los elementos que podrían revisarse se encuentran la fecha de última entrada a Estados Unidos, la fecha en que fue presentada la solicitud y los resultados de verificaciones de seguridad.

Después, un oficial revisaría individualmente el expediente para determinar si corresponde ofrecer una entrevista.

Por lo tanto, una persona que presentó su solicitud hace varios años no necesariamente queda protegida del cambio simplemente porque su caso fue presentado antes de la nueva regla.

¿Qué ocurre con quienes ya tienen una entrevista programada?

La regulación se concentra especialmente en casos pendientes que todavía no han sido programados para una entrevista inicial.

Esto no significa que todas las demás situaciones estén automáticamente excluidas.

USCIS mantiene facultades para determinar cómo implementar la regla y emitir orientación adicional.

Por esa razón, quienes tengan una entrevista programada no deberían asumir que fue cancelada.

Mientras USCIS no notifique un cambio, es fundamental continuar siguiendo las instrucciones oficiales del caso y presentarse a las citas programadas.

¿Qué ocurre si el caso llega a la Corte de Inmigración?

Cuando una persona es colocada en procedimientos ante la Corte, cumplir con las notificaciones y audiencias adquiere enorme importancia.

Ignorar una audiencia no hace desaparecer el caso.

Una persona que no se presenta a una audiencia de inmigración puede, bajo determinadas circunstancias, recibir una orden de remoción en ausencia.

Por ello, quienes reciban documentos relacionados con EOIR, una Notice to Appear (NTA) o cualquier notificación de Corte deberían revisar cuidadosamente la información y buscar asesoramiento legal cuando sea necesario.

También es fundamental mantener actualizada la dirección ante las autoridades correspondientes para reducir el riesgo de perder comunicaciones importantes.

¿Esto significa que ICE arrestará automáticamente a quien sea enviado a Corte?

No.

Una remisión a la Corte de Inmigración no equivale automáticamente a un arresto.

Tampoco significa automáticamente que ICE detendrá a todas las personas cuyos casos sean remitidos.

Sin embargo, el traslado del expediente a EOIR puede colocar al solicitante dentro de procedimientos de remoción, por lo que la situación procesal es considerablemente distinta a simplemente tener una solicitud administrativa pendiente ante USCIS.

Las consecuencias dependerán del historial migratorio, estatus actual, antecedentes, circunstancias individuales y las acciones que las autoridades adopten en cada caso.

¿Qué dice el gobierno sobre la razón del cambio?

DHS sostiene que la medida tiene como objetivo reducir el enorme retraso acumulado dentro del sistema de asilo afirmativo.

Según la agencia, permitir que determinados expedientes sean enviados directamente a la Corte evitará dedicar recursos a entrevistas en casos que, después de una revisión preliminar, USCIS considera que terminarían siendo remitidos de cualquier manera.

El gobierno argumenta que esto permitirá utilizar los espacios disponibles para entrevistas y el personal de USCIS en casos que requieran testimonio adicional y en solicitudes potencialmente aprobables.

DHS también sostiene que la medida permitirá trasladar más rápidamente a procedimientos de remoción determinados casos relacionados con preocupaciones de seguridad pública o seguridad nacional.

¿Puede aumentar el retraso en las Cortes de Inmigración?

Esta es una de las grandes interrogantes.

Las Cortes de Inmigración ya enfrentan un volumen extraordinariamente alto de expedientes.

El propio Departamento de Justicia informó en mayo de 2026 que EOIR había reducido su inventario desde aproximadamente 4 millones de casos pendientes a menos de 3.53 millones.

Sin embargo, sigue siendo una carga considerable.

El propio DHS reconoce en la nueva regla que aumentar las remisiones desde USCIS podría incrementar inicialmente el número de casos pendientes ante EOIR.

La posición del gobierno es que, a largo plazo, el impacto no necesariamente será significativo porque muchos de esos expedientes eventualmente habrían terminado ante un juez incluso bajo el sistema anterior.

Críticos de la medida cuestionan ese razonamiento y advierten que trasladar cientos de miles de expedientes potenciales puede aumentar la presión sobre un sistema judicial migratorio que ya maneja millones de casos.

El impacto real solamente podrá determinarse conforme se implemente la nueva política.

¿Existen preocupaciones sobre el debido proceso?

Sí.

Abogados y organizaciones que representan a solicitantes de asilo han expresado preocupación porque eliminar la entrevista en determinados casos significa perder una oportunidad de explicar personalmente hechos que quizá no estén suficientemente desarrollados en la solicitud escrita.

Las solicitudes de asilo pueden involucrar historias complejas de persecución, violencia, amenazas, condiciones políticas, relaciones familiares y experiencias traumáticas.

Una entrevista puede permitir aclarar fechas, contradicciones aparentes o detalles que no quedaron suficientemente explicados en los documentos.

DHS, por su parte, sostiene que no existe un derecho estatutario general a recibir una entrevista de USCIS y que el solicitante continuará teniendo la posibilidad de presentar su solicitud ante un juez de inmigración.

La legalidad de diferentes aspectos de la regulación podría eventualmente ser cuestionada ante tribunales federales. Sin embargo, al 27 de julio de 2026, no debe afirmarse que la regla ya fue anulada o suspendida.

La regla sí será publicada en el Registro Federal

Otra información que debe actualizarse es que el cambio sí cuenta con una regla federal formal.

DHS emitió el documento titulado:

“Affirmative Asylum Referrals Without Interview” identificado como DHS Docket No. USCIS-2026-0199.

Al 27 de julio se encuentra disponible para inspección pública y está programado para su publicación oficial en el Registro Federal el 28 de julio de 2026.

Se trata de una Interim Final Rule, o regla final interina, con solicitud de comentarios públicos.

La regla establece que entrará en vigor cuando sea publicada en el Registro Federal.

DHS también abrirá un período de 60 días para comentarios públicos.

Por lo tanto, no se trata simplemente de una comunicación interna informal de USCIS.

¿Qué deberían hacer quienes tienen asilo afirmativo pendiente?

El cambio no significa que todas las personas con asilo pendiente deban realizar inmediatamente una nueva solicitud o tomar decisiones precipitadas.

Sí significa que resulta especialmente importante conocer exactamente en qué situación se encuentra cada expediente.

Entre las precauciones más importantes se encuentran:

  • Revisar regularmente las notificaciones de USCIS.
  • Verificar cualquier comunicación relacionada con la Corte de Inmigración.
  • Mantener actualizada la dirección ante las agencias correspondientes.
  • No faltar a una entrevista o audiencia programada sin seguir los procedimientos apropiados.
  • Conservar copias completas del Formulario I-589 y de toda la evidencia presentada.
  • Revisar si la solicitud explica de manera suficientemente completa las bases del asilo.
  • Prestar especial atención a casos presentados después del primer año de llegada a Estados Unidos y a las posibles excepciones aplicables.
  • Buscar asesoramiento legal antes de retirar una solicitud, aceptar una salida voluntaria o tomar decisiones que puedan afectar el proceso.

Sobre todo, no asumir que una remisión a Corte equivale automáticamente a una deportación.

El expediente escrito será más importante que nunca

Una de las principales conclusiones prácticas de esta nueva política es que la preparación documental del asilo adquiere todavía mayor importancia.

Bajo el sistema tradicional, algunos solicitantes podían esperar años por una entrevista, pero sabían que eventualmente tendrían una oportunidad de explicar personalmente su historia ante un oficial de asilo.

Ahora USCIS advierte que, en determinados casos, el expediente podría ser evaluado para una posible remisión sin esa conversación previa.

Esto significa que fechas, hechos, fundamentos legales, explicaciones sobre posibles inconsistencias, circunstancias relacionadas con el plazo de un año y evidencia de respaldo pueden adquirir una importancia decisiva desde etapas mucho más tempranas.

En resumen: ¿qué debemos saber?

El cambio anunciado por DHS es importante, pero debe entenderse correctamente.

No se están cancelando todas las entrevistas de asilo afirmativo.

USCIS está adquiriendo autoridad expresa para enviar determinados casos directamente a la Corte de Inmigración sin realizar primero una entrevista.

El inventario total de USCIS supera los 1.4 millones de casos, pero la agencia estima que hasta 444,724 casos pendientes podrían potencialmente verse afectados inicialmente, además de determinados casos futuros.

Una remisión no equivale automáticamente a una negación definitiva del asilo ni a una orden inmediata de deportación. El solicitante podrá continuar defendiendo su solicitud ante la Corte de Inmigración.

Sin embargo, el cambio puede acelerar el momento en que algunas personas entren formalmente en procedimientos de remoción.

La medida también aumenta la importancia de presentar solicitudes completas, detalladas y respaldadas por evidencia, porque USCIS podrá determinar en determinados casos que corresponde una remisión sin ofrecer previamente una entrevista.

Finalmente, contrario a algunos reportes iniciales, sí existe una regla federal formal: está disponible para inspección pública el 27 de julio y programada para publicarse en el Registro Federal el 28 de julio de 2026, momento en que entrará en vigor.

Para las personas que tienen un asilo afirmativo pendiente, lo más importante es no entrar en pánico ni asumir que su caso fue automáticamente enviado a Corte.

Cada expediente deberá analizarse individualmente.

Aviso importante

Esta información tiene fines educativos y generales y refleja la información disponible al 27 de julio de 2026. Las políticas migratorias pueden cambiar mediante nuevas regulaciones, instrucciones administrativas o decisiones judiciales.

Si tiene una solicitud de asilo pendiente, recibió una notificación de USCIS, una Notice to Appear o una citación de la Corte de Inmigración, es recomendable obtener una evaluación individual de su situación antes de tomar decisiones que puedan afectar su caso.

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