Para personas no ciudadanas, no existe nada peor que la deportación. La residencia permanente legal en los Estados Unidos no es un derecho sino un privilegio. Ese privilegio puede ser revocado si a usted lo condenan por un delito, o si lo acusan por violar alguna otra sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, tal como crímenes violentos, delitos de drogas, o delitos de fraude. Uno también puede estar sujeto a una deportación si entró legalmente a los Estados Unidos con una visa, pero se ha quedado más tiempo de lo autorizado. Si usted da información fraudulenta en una
solicitud de visa o de pasaporte, puede ser deportado y procesado criminalmente.
Cuando una persona recibe una Notificación de Comparecencia significa que el gobierno de Estados Unidos ha iniciado un proceso de deportación para esta persona.
Dependiendo de su estatus de inmigración y del delito del que ha sido acusado, usted podría evitar ser deportado si presenta una solicitud de dispensa por razones de expulsión:
Los tipos de amparo que pueden evitar la deportación son:
• Ajuste de Estatus
• Estatus Especial para Inmigrantes Juveniles
• Cancelación de Deportación
• TPS
• Salida Voluntaria
• Perdón 601 A
• Visa U o VAWA
• Discreción Favorable, cierre administrativo de su caso.
Si el juez de inmigración rechaza su solicitud de dispensa de deportación, desde la oficina de la abogada Katherine Canto se puede presentar una petición para la revisión de su caso ante la Junta de Apelaciones de Inmigración y el Tribunal de Circuito de Apelaciones.
En la oficina de la abogada Katherine Canto podemos asistirlos en la Representación y Defensa en deportación ante la corte de inmigración. Para más información o para solicitar una cita por favor llámenos al 667-308-2264 o 443-845-9879.